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Tlaxcala reconoce la identidad de género

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El Congreso local del estado de Tlaxcala aprobó dos reformas al Código Civil, para garantizar el derecho de las personas LGBT+ al cambio de nombre y sexo en las actas de nacimiento de quienes así lo soliciten en el Registro Civil de dicha entidad.

Se reformó el artículo 559, en el cual explica que el solicitante debe de ser mayor de edad para modificar sus datos personales desde el acta de nacimiento primigenia y así obtener una nueva acta.

También hubo una adición de los artículos 640 QUÁTER A y 640 QUÁTER B del Código Civil que estipula lo siguiente:

“En lo relativo a identidad de género, se contempla lo siguiente: Se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado en el acta primigenia.»

Los integrantes de la LXIII Legislatura advirtieron que la propuesta está fundada en las determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Menciona que en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Foto: Zona Crítica Tlaxcala

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Fuente: e-tlaxcala.mx y zonacritica.mx
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