Con 56 votos a favor, 9 abstenciones y 1 en contra, las Comisiones Unidas de Justicia, Salud y Diversidad de la Cámara de Diputados aprueban la iniciativa para prohibir y sancionar las «terapias de conversión» en todo México.
Dicha iniciativa se encuentra en su última etapa para ser una realidad en todo el país, para ello se necesita que la mayoría de todes les integrantes de la Cámara de Diputados voten a favor de la modificación al Código Penal Federal y La Ley General de Salud.
Previamente, con una votación de 69 a favor, 2 en contra y 16 abstenciones el Senado de la República aprobó sancionar de manera penal los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, mejor conocidos como Ecosigs o «terapias de conversión», en todo México, sin límite de edad.

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Se reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, adicionando dos artículos, para prohibir las Ecosigs o «terapias de conversión», en todo México:
- El artículo 149 Quárter, en Delitos Contra la Humanidad, Título Tercero Bis Delitos contra la Dignidad de las Personas, Capítulo Único: Discriminación
- El artículo 465 Bis a la Ley General de Salud
¿Qué dirá el artículo 149 Quárter?
Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa, a la persona moral o física que promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con o sin fines de lucro con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Se aumentará al doble la sanción prevista en el primer párrafo del presente artículo, en los casos en que las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho.
¿Qué dirá el artículo 465 Bis?
Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica que promueva, imparta, aplique, obligue o financie al tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio o práctica no quirúrgica con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Se sancionará con la suspensión en el ejercicio profesional de uno a tres años, o de forma definitiva en caso de reincidencia, con independencia de la sanción prevista en el Código Penal Federal.
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La iniciativa de prohibir las Ecosigs, conocidas también como «terapias de conversión», en todo México, fue presentada desde 2018 por las senadoras Minerva Citlalli Hernández Mora, Alejandra Lagunes Soto Ruíz y Patricia Mercado Castro, se aprobó en comisiones en 2020, pero hasta 2022 fue discutida y aprobada.
Posterior a su aprobación en el Senado, la prohibición de las «terapias de conversión» se enviará a la Cámara de Diputados para su dictaminación en comisiones y una votación por parte de los y las diputadas para que sea ley en todo México.
Recordemos que 1 de cada 10 personas LGBT+ en México es víctima de las terapias de conversión, por ello más que nunca se necesita una ley para detener este tipo de prácticas inhumanas.
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¿Cómo se discutió la prohibición de las «terapias de conversión» en el Senado?
Senadores del PAN, PRI y Morena presentaron reservas contra la prohibición de las mal llamadas terapias de conversión.
El senador Demian Zepeda señaló que se trata de un «abuso» prohibir el derecho a decidir a una personas adulta recibir terapia ya que invade la decisión de un ser humano al desarrollo de su libre personalidad. Por lo que sugirió que solo se aplique la ley para proteger a menores de edad.
Mientras que el senador Ricardo Monreal de Morena presentó reservas, las cuales fueron retiradas durante su intervención.
Por su parte el senador Víctor Oswaldo Fuentes calificó como omisión que la Comisión de salud no participará en la dictaminación de la iniciativa, pero retomó que no se puede limitar a las personas a tomar una terapia de orientación sexual, y a los profesionales a ofrecerla.
La presidenta de la Comisión de salud, Lilia Margarita Valdez señaló que se trata de un tema de víctimas y derechos sexuales, no de calificar como enfermos o sanos a la población por su orientación sexual e identidad de género, por eso no se dictaminó en dicha comisión.
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