Tlaxcala reconoce la identidad de género

El Congreso local del estado de Tlaxcala aprobó dos reformas al Código Civil, para garantizar el derecho de las personas LGBT+ al cambio de nombre y sexo en las actas de nacimiento de quienes así lo soliciten en el Registro Civil de dicha entidad.

Se reformó el artículo 559, en el cual explica que el solicitante debe de ser mayor de edad para modificar sus datos personales desde el acta de nacimiento primigenia y así obtener una nueva acta.

También hubo una adición de los artículos 640 QUÁTER A y 640 QUÁTER B del Código Civil que estipula lo siguiente:

“En lo relativo a identidad de género, se contempla lo siguiente: Se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado en el acta primigenia.»

Los integrantes de la LXIII Legislatura advirtieron que la propuesta está fundada en las determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Menciona que en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Foto: Zona Crítica Tlaxcala

¿Qué se necesita para el trámite?

  • Tener 18 años cumplidos
  • Las personas interesadas deberán de llenar una solicitud (emitida en las oficinas del Registro Civil), copia de acta de nacimiento, una identificación oficial, así como un comprobante de domicilio. 
  • Para realizarlo no será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Limitantes

  • No contempla a las infancias trans, pues para hacer el trámite se debe de ser mayor de edad.
  • Aún no se sabe si las personas que no hayan nacido en Tlaxcala podrán realizar el trámite o sólo sea para residentes.
  • No contempla a la población migrante trans binaria y no binaria
  • Al pedir comprobante de domicilio se descarta a la población trans binaria y no binaria que vive en situación de calle.
  • No se ha contemplado un protocolo de no discriminación para las personas que soliciten el trámite.

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Fuente: e-tlaxcala.mx y zonacritica.mx