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Sinaloa: Hasta 50 años de cárcel a quien cometa crimen de odio lgbt+

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El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad avalar como tipo penal los crímenes de odio contra las personas lgbt+.

La ahora ley adiciona el capítulo 1 BIS A al Código Penal local, denominado Crímenes de odio motivados por orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género.

De acuerdo con la nueva ley se establecen penas de mínimo 22 años hasta 50 años de prisión a quien cometa este tipo de deleito, el cual entra en el mismo rango de letalidad que el feminicidio.

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Foto: nnc.mx

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También se estableció que la pena mínima será de 30 años si entre el agresor y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato o de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación.

Esta aprobación representa un gran triunfo para los activistas lgbt+ del estado ya que la iniciativa que fue presentada por los ciudadanos Santiago Ventura Cárdenas y Almendra Ernestina Negrete Sánchez, miembros del Comité de la Diversidad de Sinaloa, y Sinaloa Incluyente.

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Foto: Twitter

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Existen razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:

La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo como:

También cuando existan datos de prueba que establezcan que se ha cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima como:

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