Con una votación de 24 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones se aprobó el decreto para sancionar las terapias de conversión conocidas como ECOSIG en todo Hidalgo, durante la sesión número 63 del Congreso.
Las leyes que serán modificadas y adicionadas, serán el artículo 202 ter del Código Penal Hidalguense y el segundo párrafo al artículo 142 sexties de la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo.
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Se sancionará a quien:
- Promueva, imparta, aplique, obligue o financié cualquier tratamiento, terapia, servicio o práctica que tenga por objetivo obstaculizar o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas sin el consentimiento de la víctima, con una punibilidad equiparada al delito de discriminación,
- De no acatar la ley se dará de tres años de prisión y multa de 150 a 300 días.
- Las sanciones serán del doble cuando las terapias de conversión se realicen contra personas menores de 18 años, adultos mayores o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho.
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La iniciativa, que fuera presentada por el Diputado Luis Ángel Tenorio Cruz, quien explicó que la prohibición de las terapias de conversión en Hidalgo es una conquista histórica que abona a la reivindicación de los derechos de la comunidad LGBTI+
Hidalgo se convierte en la entidad 11 que sanciona y tipifica las terapias de conversión, los estados que tipifican este tipo de torturas son:
- CDMX (2020)
- Edomex (2020)
- Tlaxcala (2021)
- Baja California Sur (2021)
- Yucatán (2021)
- Zacatecas (2021)
- Colima (2021)
- Jalisco (2022)
- Baja California (2021)
- Puebla (2022)