Chile prohibe las terapias de conversión a personas lgbt

Las terapias de conversión contra las personas lgbt en Chile han quedado prohibidas.

A través de la Ley sobre el Reconocimiento y Protección de los Derechos de la Persona en la Atención en Salud Mental. En su articulo 7 se establece que el diagnóstico del estado de salud mental no puede basarse en criterios relacionados con el grupo político, socioeconómico,
cultural, racial o religioso de la persona, ni con su identidad u orientación sexual.

La norma fue promulgada el 23 de abril del 2021 y publicada en el Diario Oficial el 11 de de mayo del mismo año.

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Asimismo la Ley reconoce que los actos de discriminación y violencia vulneran la salud sexual de las personas pertenecientes a grupos vulnerables, como las personas de la diversidad sexual.

«Ante la existencia de indicios de posible vulneración por motivo de violencia física, psíquica, sexual, de género, económica u otra, se dará prioridad a la atención y detección de aquellas
circunstancias, resguardando a la persona de las injerencias del entorno que pudieran estar contribuyendo a afectar su salud mental.»

Ramón Gómez, encargado de Derechos Humanos del Movilh explicó que al existir una base legal que prohíba que existan «diagnósticos» basados en la orientación sexual o identidad de género de una persona por consecuencia no pueden existir terapias o tratamientos.

«Por tanto, cualquier psicólogo/a o psiquiatra que solo se atreva a diagnosticar la salud mental en función de esos criterios, está cometiendo una ilegalidad”, precisó Gómez.

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Sin embargo aún no se establecen castigos o penas explícitas para las personas que inciten, realicen o promuevan las terapias de conversión. Se requiere una legislación que incluya a miembros de cultos religiosos o algún otro grupo, ya que este se limita a les especialistas en salud mental.

Hasta Febrero del 2020 solo tres estados miembros de las Naciones Unidas habían prohibido las terapias de conversión:

  • Brasil
  • Ecuador
  • Malta