Durante la Sesión Ordinaria del pasado 28 de febrero de 2024, las y los diputados del H. Congreso del Estado de Colima aprobaron la reforma de los artículos 77 y 119, derogándose el Capítulo I del Título Séptimo y el Artículo 212 del Código Penal del Estado de Colima.

Con 15 votos a favor y 2 abstenciones se derogó el “Peligro de Contagio” por considerar que se estigmatiza, discrimina y criminaliza a las personas portadoras de alguna enfermedad contagiosa, incluyendo VIH.

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De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por el diputado Alfredo Álvarez Ramírez y planteado por el activista Roberto Macías se especifica que la criminalización al ser portador de cualquier enfermedad infecciosa se atenta contra la dignidad humana:

» La ‘puesta en peligro’ ‘exposición’ o el ‘contagio efectivo’, teniendo como consecuencia el aumento de la estigmatización y temor hacia las personas que viven con cierta enfermedad, de tal forma que se atenta contra la dignidad humana, anulando y menoscabando derechos y libertades”.

De igual manera, se detalla que:

«El ‘Peligro de Contagio’. inhibe y vulnera el ejercicio efectivo del derecho a la salud, pues la criminalización desencadena el estigma y la desinformación sobre las enfermedades contagiosas, generando también temor en la población.»

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Cabe resaltar que las definiciones y las leyes que castigaban el “Contagio sexual” y “Peligro de Contagio” en los estados de Nayarit y Ciudad de México han sido eliminados de sus Códigos Penales.

Y se hizo énfasis en la necesidad, no sólo en Colima, sino en todo México de “erradicar la estigmatización y discriminación con la que viven las personas portadoras de alguna enfermedad, a consecuencia de la existencia de leyes punitivas”, como lo es el tipo penal del conocido “Peligro de Contagio”.

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